RGPD y la nueva LOPD 2018: Seguridad para los clientes, asociados y usuarios. Oportunidad para las empresas y asociaciones.

La Abogada Conchi Viera explica la importancia del nuevo Reglamento General de Protección de Datos y la nueva LOPD de diciembre de 2018 que tanto preocupa a empresas, asociaciones, clientes, asociados  y ciudadanos.

Les explico la importancia del nuevo Reglamento General de Protección de Datos y la nueva LOPD de diciembre de 2018 que tanto preocupa a empresas, asociaciones, clientes, asociados  y ciudadanos.

El nuevo Reglamento General de Protección de Datos que ha entrado en vigor en Mayo de  2018 (RGPD), así como la Nueva LOPD de 2018, incluye muchos cambios con respecto a la LOPD de 1999. Entre ellas, las exigencias de la Unión Europea de que se vigile y controle el cumplimiento de la RGPD de oficio por cada Estado, para garantizar así los derechos de los ciudadanos. Esto obliga a las empresas, PYMES, profesionales y autónomos, pero también a las asociaciones, como AMPAS, asociaciones de vecinos, comunidades de vecinos, asociaciones sin ánimo de lucro, ... a  implantar o implementar esta nueva normativa a su actividad, con las dificultades que se presentan si no tienen personal cualificado para ello o en su caso Delegado de Protección de Datos. O, en su defecto, arriesgarse a sanciones monetarias muy altas por incumplimiento de la normativa.

Esta nueva situación se debe abordar como una mejora de la empresa,  la asociación, etc., y no solo en su imagen, sino en su funcionamiento y su organización diaria. Ya que previamente a la implantación o implementación de la normativa se debe hacer un análisis exhaustivo de la empresa, asociación, y de los datos que recaba para verificar si son acorde y suficientes para el fin que se han cedido, y evitar recabar datos innecesarios, que complican el cumplimiento de la normativa, ya que según los datos que se guarden hay diferentes niveles de seguridad, con mayores exigencias para las empresas y asociaciones. También obliga a las empresas y asociaciones a revisar sus métodos de trabajo, como guardan los datos, en qué soporte, quién los controla, etc. Todo ello, tiene un resultado positivo, mayor calidad en las empresas y asociaciones. Con una mayor optimización de sus recursos. Pero además, mejorando la relación con sus clientes, y asociados,  ya que no debemos olvidar que el espíritu de la RGPD y de la nueva LOPD, es que el individuo sea dueño de sus propios datos, y que las empresas, asociaciones, …, lo respeten y usen los datos sólo para el fin para el que se han cedido. Es notable como los derechos ARCOS se han incrementado y al derecho de acceso, de rectificación, de cancelación, y oposición, se suman el de portabilidad de datos y el derecho al olvido.

En definitiva la RGPD y la nueva LOPD de diciembre de 2018, es una oportunidad de mejorar y de respetar el derecho de los ciudadanos.


¿Quienes tienen que adaptarse a la RGPD y a la nueva LOPD de diciembre de 2018?

Deben cumplir, y para ello implantar o implementar la RGPD los profesionales, autónomos, PYMES, sociedades, comunidades de vecinos, asociaciones sin ánimo de lucro, ... Dependiendo de los datos que se recaben, y al fin al que se destinen se encuadran en uno de los cuatro niveles de seguridad, mientras más alto es el nivel, mayores exigencias de la normativa. Por ejemplo datos de salud o relacionados con menores normalmente tienen un nivel alto de seguridad. Pero también es cierto que esta exigencia en el cumplimiento del deber de guardar, usar y tratar los datos de los ciudadanos nos garantiza el cumplimiento de nuestros derechos.